la internacional socialista

lunes, 6 de febrero de 2012

La propuesta de ley de para YPF

El proyecto de ley que Proyecto Sur presentó en septiembre de 2011 para la reestatización de YPF:
CAPÍTULO I
CREACION DE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO
ARTÍCULO 1º.- Por la presente ley se crea la empresa pública YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO que cumplirá y ejecutará la política que dicte en materia de hidrocarburos el Poder Ejecutivo de la Nación, a través de la Secretaría de Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, o el organismo que la reemplace en el futuro.
ARTÍCULO 2º.- La empresa pública YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO tendrá su sede social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y podrá establecer sucursales, gerencias, agencias, representaciones y participar en otras empresas tanto en el país como en el extranjero.
ARTÍCULO 3º.- YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO tiene por objeto el estudio, exploración, extracción, transporte, refinación, almacenamiento, comercialización o cualquier otra actividad de su competencia en materia de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos. Para el cumplimiento de su objeto podrá: a) adquirir, vender, enajenar y traspasar por cuenta propia o de terceros, bienes muebles e inmuebles; b) emitir obligaciones; c) promover a otras sociedades que tengan por objeto realizar actividades en materia de recursos energéticos fósiles, de petroquímica, carboquímica y similares, d) otorgar y tomar créditos, financiamientos, fianzas, avales o garantías de cualquier tipo y, en general, realizar todas aquellas operaciones, contratos y actos comerciales que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del mencionado objeto.
ARTÍCULO 4º.- La empresa pública YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO podrá, directamente o a través de sus sucursales, ejercer en el país o en el extranjero cualquiera de las actividades enunciadas en su objeto social.
ARTÍCULO 5º.- YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO se regirá por la presente ley, por la ley de hidrocarburos 17.319, por los reglamentos que se dicten en consecuencia, por las disposiciones del Poder Ejecutivo de la Nación y el derecho que le fuere aplicable.
ARTÍCULO 6º.- La empresa pública YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO es una sociedad del Estado Nacional con participación de los Estados Provinciales argentinos.
ARTICULO 7º.- Al inicio de sus actividades, YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO contará con un capital proveniente de las reservas de libre disponibilidad del Banco Central de la Republica Argentina, que serán transferidos al Tesoro Nacional en un monto que no podrá superar el cinco por ciento (5%) de las reservas de libre disponibilidad vigentes al momento de promulgarse la presente Ley.
Como contraprestación, el Tesoro Nacional emitirá a favor del Banco Central de la Republica Argentina un instrumento de deuda, consistente en una Letra intransferible denominada en dólares estadounidenses a veinte años por el monto de las reservas requeridas que YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO cancelará con sus ganancias empresarias.
La ejecución del monto inicial se realizará en función de un Plan Financiero elaborado por el directorio de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO.
ARTÍCULO 8º.- El estatuto social de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO será propuesto por el directorio de la empresa pública y la Secretaría de Energía de la Nación, o el organismo que la reemplace en el futuro, al Congreso de la Nación para su aprobación.
El directorio estará integrado por un Presidente y Vicepresidente designados por el Poder Ejecutivo de la Nación y once Directores con voz y voto, según la presente distribución:
a) tres designados por el Poder Ejecutivo Nacional; b) uno por los trabajadores profesionales y de base de la empresa; c) uno por la mayoría o primera minoría legislativa; d) uno por la primera minoría o segunda minoría legislativa y e) cinco en representación de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que serán designados por los ejecutivos provinciales, las cuales se agruparán por las siguientes regiones: uno por las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Chubut, Santa Cruz, Rio Negro y Neuquén; uno por las provincias de Mendoza, San Juan, San Luis; La Pampa y Córdoba; uno por las provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, La Rioja y Catamarca; uno por las provincias de Misiones, Corrientes, Entre Rios, Formosa, Chaco, Santiago del Estero y Santa Fe y uno por la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Todos ellos deberán ser argentinos nativos, mayores de veinticinco años de edad y especialistas idóneos en la actividad de hidrocarburos.
ARTICULO 9º.- No podrán ser miembros del directorio las siguientes personas:
a) las que ejerzan otra función o empleo, ya que es exigencia la dedicación exclusiva en la empresa;
b) las que ejerzan o hayan tenido en los cinco (5) últimos años intereses, directos o indirectos, en la explotación o comercialización de la actividad hidrocarburífera en la actividad privada, o los que estén o hayan estado relacionados o involucrados con las privatizaciones de las empresas estatales y los recursos naturales;
c) las que hayan dirigido empresas que han quebrado y aquellos que estén procesados por delitos comerciales, penales o contra el estado, al igual que aquellos que fueron condenados por cualquiera de las causas mencionadas;
d) los Directores que los síndicos demuestren que se han desempeñado en forma perjudicial para la empresa;
Los Directores que fuesen alcanzados por algunas de estas inhibiciones posteriormente a ser nombrados, automáticamente cesarán en sus funciones y deberán ser reemplazados en un plazo no superior a treinta (30) días.
ARTÍCULO 10º.- Dése a los trabajadores de la empresa similar estabilidad que la Constitución Nacional otorga a los empleados de la Administración Pública Nacional; y respecto a las contrataciones de personal no incluido en los planteles básicos, se deberán aplicar las normas del convenio colectivo de trabajo correspondiente.
ARTÍCULO 11º.- El Directorio de la empresa una vez constituido con la mayoría de sus miembros y los representantes de los trabajadores, deberá en un plazo no superior a noventa (90) días, designar a los representantes paritarios de la empresa para la discusión del Convenio Colectivo.
ARTÍCULO 12º.- No resulta aplicable para YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO la restricción dispuesta en los artículos 25 y 34 de la Ley 17.319.
ARTÍCULO 13º.- YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO tiene el dominio sobre los hidrocarburos que extraiga, incluso en sus asociaciones con empresas públicas o privadas, cumpliendo las reglamentaciones que se dicten sobre bases técnico-económicas razonables que contemplen la conveniencia económica y social, asegurando el autoabastecimiento del mercado interno y las reinversiones, procurando estimular la exploración y explotación de hidrocarburos y el aumento de las reservas.
ARTÍCULO 14º.- El Estatuto de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO creará un Órgano de Control ambiental que tendrá a cargo el control medioambiental de las actividades de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO y de todas las empresas vinculadas, contratadas o asociadas. Dicho órgano estará integrado por asociaciones ambientales, universidades públicas y por personal profesional idóneo en la materia dependiente de la máxima autoridad ambiental del Poder Ejecutivo Nacional.
CAPITULO II
FEDERALIZACIÓN DE LA RENTA DE LOS HIDROCARBUROS
ARTÍCULO 15º.- Créase el Fondo Solidario de Inversión administrado por el Poder Ejecutivo Nacional con el objetivo de financiar la educación, salud, la Administración Nacional de la Seguridad Social, un Plan de Financiamiento para la Construcción de Viviendas en todo el país, el Financiamiento para la promoción de la Industria Nacional y un porcentaje para el Tesoro Nacional.
El fondo se financiará con los aportes de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO y otros aportes que se designaren en el futuro.
ARTÍCULO 16º.- Los montos recaudados por el Fondo Solidario de Inversión se distribuirán de la siguiente manera:
a) 20% para financiar el Sistema Educativo.
b) 20 % para financiar el Sistema de Salud.
c) 20 % para financiar un Plan de financiamiento para la construcción de Viviendas en todo el territorio de la Republica Argentina.
d) 18% para promocionar la Industria Nacional.
e) 18% para la Administración Nacional de la Seguridad Social.
f) 4% para el Tesoro Nacional.
ARTÍCULO 17º.- Créase el Fondo Energético, a fin de financiar las inversiones del Estado Nacional para la incorporación de las energías renovables y alternativas como subsidios y desgravaciones, aportes no reembolsables, financiamiento de proyectos científicos y tecnológicos, contribuciones a organismos nacionales de ciencia y tecnología o cualquier otra que fomente el uso, producción y consumo de energías renovables.
El fondo se financiará con los aportes de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO y otros aportes que se designaren en el futuro.
ARTÍCULO 18º.- Créase el Fondo Hidrocarburífero Solidario, con la finalidad de financiar, en Provincias y Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes. El fondo se financiará con los aportes de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO, las regalías de las áreas hidrocarburíferas marítimas nacionales correspondientes al Estado Nacional, un porcentaje del 30% de las retenciones por exportación de crudo, gas natural y combustibles y otros aportes que se podrán designar en el futuro.
ARTÍCULO 19º.- Los montos recaudados por el Fondo Hidrocarburífero Solidario se distribuirán mensualmente en forma automática y equitativa entre las Provincias que adhieran a la presente Ley. Las Provincias que expresen su adhesión a esta norma, y que en consecuencia, resulten beneficiarias del fondo, deberán establecer un régimen de distribución automática que remita a sus municipios las sumas correspondientes, en proporción semejante a lo que les destina de la coparticipación federal de impuestos. Dicha proporcionalidad no podrá nunca significar un reparto inferior al treinta por ciento (30%) del total de los fondos que a la Provincia se destinen por su adhesión a esta norma.
ARTÍCULO 20º.- Las utilidades de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO se distribuirán de la siguiente manera:

a) 30 % para la reinversión y capitalización de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO.
b) 3 % distribuido entre los trabajadores de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO.
c) 27 % para el Fondo Hidrocarburífero Solidario.
d) 15 % para financiar a las Universidades Públicas Nacionales y los Organismos de Ciencia y Técnica Nacionales, que deberán destinar para la investigación y desarrollo de energías renovables y alternativas.
e) 25 % para el Fondo Solidario de Inversión.
f) 10% para el Fondo Energético.
ARTÍCULO 21º.- Cuando opere en áreas de jurisdicción provincial YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO, abonará un SEIS POR CIENTO (6%) de sobretasa en concepto de regalías provinciales con destino a la inversión en educación y salud de su territorio y un SEIS POR CIENTO (6%) de sobretasa en concepto de regalías a distribuir entre todos los municipios o departamentos de la provincia con destino a la inversión social.
CAPITULO III
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 22º.- Las concesiones de explotación o permisos de exploración que cuenten con participación de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO estarán alcanzadas por los beneficios fiscales, impositivos y aduaneros del Régimen Promocional para la Exploración de Hidrocarburos establecido por la Ley 26.154.
ARTÍCULO 23º.-. Será competencia de los tribunales federales todos los asuntos derivados de la presente Ley.
ARTÍCULO 24º.- YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO dará preferencia a la producción nacional y latinoamericana, en ese orden, en la incorporación de bienes de capital y adquisición de materias primas.
ARTÍCULO 25º.- Deróguese toda la legislación vigente que se contraponga a la presente Ley.
ARTÍCULO 26º.- La presente ley es de orden público.
ARTÍCULO 27º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Yacimientos Petrolíferos Fiscales significó para la historia argentina mucho más que una empresa. Nacida en los primeros años de la década del siglo pasado, Y.P.F. fue una demostración de que para la Nación Argentina los hidrocarburos eran recursos estratégicos al servicio del crecimiento y el desarrollo de sus habitantes. Durante más de setenta años, la petrolera estatal manejó toda la cadena hidrocarburífera, teniendo como máximo objetivo el abastecimiento interno de combustibles baratos y abundantes, que garantizaran un acceso igualitario al derecho a la energía, acompañando a la industria nacional.
Más que la mera ganancia comercial, la prioridad de YPF fue siempre abastecer a la Nación, a partir del cual se privilegiaron las inversiones y la búsqueda de mayores reservas, desarrollando nuevas áreas de explotación. Con sus altibajos y distintos grados de intervención del sector privado, Y.P.F. mantuvo su dominio del sector hidrocarburífero nacional hasta la década menemista.
Desde 1989, la desregulación del sector hidrocarburífero significó, además de otorgar grandes negocios a las empresas privadas, un posicionamiento ideológico sobre el papel que deberían cumplir los recursos naturales en el modelo neoliberal a instalarse: un mero commodity exportable y sin valor estratégico, sólo económico. El desmembramiento y la posterior privatización y extranjetrización de Y.P.F. fueron el punto culmine del nefasto plan de entrega de los recursos naturales argentinos, poniendo a los hidrocarburos lejos de las necesidades de la Nacion.
Yacimientos Petrolíferos Fiscales fue fundada en 1922 por el presidente Alvear, materializando el plan de desarrollo del petróleo nacional iniciado por Yrigoyen. La empresa se había montado sobre la Dirección General de Explotación del Petróleo de Comodoro Rivadavia, creada por Saenz Peña en 1910, constituyéndose como la primera empresa estatal del mundo dedicada a la extracción de petróleo.
En este proyecto, la dirección del Gral. Mosconi fue fundamental. Mosconi veía al petróleo como un “caso testigo” de la independencia económica en contra de los trusts internacionales, e identificaba a YPF con el patriotismo argentino y a cada empleado como un “soldado civil”.
En pocos años, Y.P.F. logró construir una refinería fiscal en La Plata y comenzó a expandir la red de estaciones de servicios por todo el país. La empresa fue creciendo rápidamente en importancia al ser el único actor en el mercado que logró integrar todas las etapas del proceso productivo.
En 1929 sorprendió al mercado de derivados disminuyendo drásticamente el precio de la gasolina y llevando la nafta a un único precio en todo el país, lo que llevó a que las petroleras extranjeras que manejaban oligopólicamente el mercado (Standard Oil y Royal Dutch-Shell) se vieran obligadas a acompañarla. Este hecho fue denominado por Mosconi como el “San Lorenzo” económico, ya que con él se comenzaba la lucha por la independencia de los trusts internacionales. A partir de ese momento, Y.P.F. mantuvo bajos los precios de referencia de los combustibles con un único precio, beneficiando de esta manera a las zonas más remotas del país.
Este crecimiento se hizo sobre la base de las propias ganancias de la empresa, puesto que desde 1917 la explotación estatal no recibió capitales del gobierno y estuvo obligada a girar parte de sus utilidades al Estado Nacional. La renta petrolera fue permitió la expansión de la industria hidrocarburífera nacional, logrando con el desarrollo y expansión de Y.P.F. la ocupación real de gran parte del territorio nacional.
En 1930, el golpe de estado que derroca a Yrigoyen – ideado en parte como respuesta a su plan de nacionalizar los hidrocarburos- encarcela a los generales Mosconi y Baldrich, principales propulsores de la política petrolera y del fortalecimiento de Y.P.F.
Mosconi se dedicó, luego de su alejamiento de la petrolera, a continuar difundiendo por América Latina el ejemplo argentino de petrolera estatal y buscando la coordinación de una política petrolera común, en la región.
No obstante, Y.P.F. continuó dominando el mercado hidrocarburífero nacional e implementando las políticas del Ejecutivo Nacional con el objetivo primario de obtener el autoabastecimiento, garantizar el acceso a la energía abundante y barata a los argentinos y generar la redistribución de la renta que producía. El petróleo, como recurso natural no renovable, se concibió como estratégico para la industrialización del país. Yacimientos Petrolíferos Fiscales garantizaba la coordinación estatal de toda la cadena para poner los hidrocarburos en beneficio de los argentinos, asegurando una explotación racional. En esta línea, y al no tener como misión principal la obtención de ganancias, YPF realizó las inversiones de riesgo necesarias para desarrollar la industria hidrocarburífera en nuestro territorio. La empresa estatal otorgó además amplios beneficios a los trabajadores y sus familias. Además, tanto su política de inversiones, los bajos precios que imponía a los combustibles y la elevada carga tributaria que sufría, eran mecanismos para socializar y distribuir la renta petrolera y gasífera de los recursos naturales.
Esta lógica de mercado hidrocarburífero fue mantenida en Argentina hasta 1989. La nefasta dictadura cívico-militar iniciada en 1976, implementó los primeros pasos hacia un modelo neoliberal y desindustrializado que incluyó el avance de las empresas privadas sobre la petrolera estatal. Además, las empresas estatales como Y.P.F. y Gas del Estado tuvieron que endeudarse en el exterior por grandes montos que no necesitaban, sólo para que el Banco Central cuente con divisas para sostener las importaciones, la “tablita” cambiaria y la fuga de capitales. No obstante, ambas empresas no perdieron el control del sector.
Como en otros aspectos, en muy poco tiempo, el gobierno democrático de Carlos Menem logró hacer lo que Videla, Martínez de Hoz y sus secuaces no pudieron: transformar al petróleo y el gas en meras mercancías exportables en manos de las empresas extranjeras. El cambio del modelo de Industrialización por Sustitución de Importaciones, por uno de Acumulación Financiera, dominado por el capital financiero internacional y los organismos internacionales de crédito necesitaba de un cambio radical en el sector energético. Siguiendo el decálogo del consenso de Washington, Argentina no podía ser el “alumno ejemplar” manteniendo el control estatal del petróleo.
La desregulación petrolera, realizada mediante tres decretos en los meses finales de 1989 -decretos que continúan vigentes- significó la renuncia por parte del Estado Nacional de gran parte de su poder de control y la entrega al sector privado y en forma gratuita, de grandes reservas hidrocarburíferas descubiertas mediante inversiones de riesgo de Y.P.F. Comenzaba el desmembramiento de la gran petrolera estatal.
El Decreto 2778/90 transformó en una Sociedad Anónima a Yacimientos Petrolíferos Fiscales. YPF dejaba de significar una sigla que causaba orgullo para generaciones de “ypefianos”, para transformarse en un nombre de fantasía. La petrolera dejaba de ser una empresa estatal para convertirse en una Sociedad Anónima de capital abierto, con cotización en Bolsas de Valores nacionales y extranjeras. Además, YPF S.A. debía reestructurarse manteniendo únicamente los “activos estratégicos” y vendiendo el resto. Esto profundizó la desarticulación de la empresa, achicándola para disminuir su peso y optimizar su rendimiento, obteniendo divisas en el proceso.
Finalmente, la Ley 24.145 dispuso la privatización final de YPF, distribuyendo sus acciones entre el Estado Nacional, las provincias, parte de los trabajadores y algunos jubilados. Las acciones se cotizaron en u$s 19, monto que no guardaba relación con el real valor de la empresa. La mayor empresa del país se valuó en menos de dos años de facturación. En 1998, momento en que el precio internacional llegó a su mínimo histórico, REPSOL (una petrolera sin reservas y mucho menor que la antigua Yacimientos Petrolíferos Fiscales) compró las acciones de YPF S.A. en manos del Estado Nacional, completando casi el 100% de la empresa al otro año. Esto significó la extranjerización casi total del mercado hidrocarburífero nacional.
Si bien las reformas se realizaron con la excusa de desmantelar el “monopolio estatal”, todas estas medidas no hicieron más que reemplazarlo por un “oligopolio privado” que comenzó a manejar a discreción el petróleo y el gas nacionales. El Estado perdió toda capacidad de intervención por lo que se entregó, junto con la propiedad de las empresas, la posibilidad de aplicar políticas energéticas.
A partir de ese momento, la renta petrolera dejó de ser distribuida en el interior de la Nación para comenzar a engrosar los beneficios empresarios. Las empresas abandonaron las inversiones de riesgo para concentrarse en aumentar la extracción con destino a la exportación de petróleo crudo. Esto significó que el horizonte de reservas cayera a niveles insospechados antes de la desregulación. Los precios de los combustibles dejaron de ser subsidiados y pasaron a ser mayores a los internacionales. Las petroleras pudieron imponer los precios que deseaban, discriminando a las zonas más alejadas de los centros urbanos con tarifas mucho más altas, rompiendo con la anterior lógica del precio único. Las empresas se apropiaron de la renta petrolera y gasífera que corresponde por derecho a todos los argentinos y la mera ganancia comenzó a dictar las decisiones de política energética.
Desde entonces, poco ha cambiado. Las leyes y decretos fundamentales creados por el menemismo para entregar el control de los hidrocarburos a las empresas privadas continúan vigentes. Las inversiones de riesgo continúan en mínimos históricos, con la consecuencia de que las reservas y la extracción continúan su caída, por lo que en poco tiempo deberemos importar hidrocarburos, quedando a merced del mercado internacional y su precio. La provincialización de los recursos luego de la Ley Corta (Ley 26.197 de 2006), lejos de aumentar el control estatal, fragmentó la soberanía permitiendo las prórrogas a las concesiones de los noventa. Las pocas petroleras provinciales se crearon sin un verdadero interés en desarrollar una industria hidrocarburífera fiscal, sino, a lo sumo, como partener de las privadas. A pesar de controlar las reservas y de los extraordinariamente altos precios internacionales, las provincias petroleras mantienen déficit fiscales mientras que las petroleras obtienen cuantiosas ganancias a costa de la explotación de sus recursos.
La llegada de capitales ‘nacionales’ a YPF S.A. fue promocionada como la ‘argentinización’ de la empresa, que llevaría a la empresa a tomar decisiones pensando en el país. Sin embargo, poco de eso ha sucedido. En Junio de 2007 Repsol comenzó a negociar la entrada de la empresa Petersen del grupo Eskenazi como accionista minoritario de YPF S.A., que se efectivizó en diciembre de ese año. Desde entonces el grupo Eskenazi fue aumentando su participación en la empresa hasta llegar al 20%, casi sin abonar un solo dólar, financiada por bancos internacionales y por la propia española (a cuenta de futuros dividendos). Esta venta permitió a REPSOL recuperar la totalidad de lo invertido en la compra de YPF (si le sumamos los millones obtenidos en ganancias desde 1998), manteniendo la mayoría accionaria de la empresa. Desde entonces casi nada ha cambiado en la empresa, salvo una agresiva política de distribución de utilidades que obtiene REPSOL e invierte en otros puntos “más rentables”.
Las reformas neoliberales que sufrió Argentina se implementaron en forma simultánea por todo el globo. Sin embargo, sólo dos países además de Argentina entregaron sus petroleras estatales: Rusia (luego del desmembramiento de la U.R.S.S.) y Bolivia. El resto de los países de América Latina sufrieron el avance del sector privado en sus hidrocarburos (como la apertura del capital de Petrobras en Brasil y la entrega de reservas en Venezuela) sin que los Estados perdieran el control de sus empresas.
Sin embargo, en los últimos años estos mismos países han dado pasos fundamentales en pos de recuperar esa herramienta de política energética y soberanía que representa una petrolera estatal. Bolivia reconstruyó YPFB, recuperó las acciones que poseían los grandes bancos internacionales y nacionalizó las reservas hidrocarburíferas, obteniendo además la mayoría accionaria de las empresas que operan sus recursos. Con esto, se recobró la renta petrolera y gasífera poniéndola al servicio de los bolivianos mediante la redistribución de ingresos básicos a jubilados y escolares, y permitiendo al Estado Plurinacional conseguir el superávit fiscal sin recortes de gasto. Ecuador recuperó también el dominio de la renta apropiándose, para beneficio de sus ciudadanos, del 99% de las ganancias extraordinarias luego del aumento de los precios internacionales. El propio Brasil capitalizó a Petrobras en los mercados internacionales mediante la emisión de acciones de forma que se incremente aún más el dominio del Estado Federal sobre las acciones con derecho a voto. Mientras tanto, Argentina continúa sin una petrolera estatal con capacidad de intervención en el mercado hidrocarburífero.
La creación de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA) en 2004 se presentó como el regreso de la participación estatal en el mercado hidrocarburífero. No obstante, la empresa no fue pensada para tener un papel importante en el sector. ENARSA es una sociedad anónima con participación de las provincias petroleras (hasta el 12%) y hasta el 35% del sector privado (todavía no efectivizado), sin que se haya explicado a la sociedad de dónde provienen estas proporciones ni el motivo de asociarse con el capital privado.
El Ministro De Vido, al defender la creación de ENARSA en el Senado de la Nación argumentó que la empresa será muy reducida y que su personal “no superará las veinticinco personas, incluidos los directores”. Es decir, desde su creación ENARSA fue pensada como una “oficina de negocios” en vez de una petrolera fuerte con capacidad para ser un jugador importante en el mercado hidrocarburífero argentino. En vez de seguir el modelo de desarrollo económico y tecnológico endógeno de Brasil, ENARSA lleva a la práctica el modelo de la empresa pública Sonangol de Angola, que se limita a crear Unión Transitoria de Empresas (UTE) con las multinacionales extranjeras.

En lugar de avanzar en el desarrollo de una industria petrolera estatal, ENARSA entregó en concesión algunas de las áreas más promisorias del Mar Argentino sin licitación alguna, manteniendo en ellas apenas una participación accionaria minoritaria y sin ser el operador de las mismas. En las áreas correspondientes al dominio del Estado Nacional, ENARSA continúa transfiriendo el control a las empresas extranjeras a través del método de concesiones antiguas, que prácticamente no se otorgan en ningún país del mundo. No es ENARSA quien tomará las decisiones relevantes de inversión, extracción o agotamiento.
Argentina se encuentra en una situación energética que impone medidas para desarrollar los hidrocarburos nacionales en beneficio de sus habitantes. Si en la actualidad no se altera la falta de inversiones de riesgo, estaremos condenados a la importación de combustibles a merced de los grandes oligopolios que manejan a discreción el precio internacional del petróleo. Es por eso que sostenemos la importancia estratégica de que nuestro país cuente con una real petrolera estatal, con capacidad de intervención y que permita la federalización y socialización de la renta petrolera, para el desarrollo económico y social. Queremos volver a la tradición de una empresa pública fuerte y con sentido social. Buscamos recuperar la senda de Y.P.F.
Sin embargo, debemos reconocer que a lo largo de su historia, Y.P.F. cometió varios errores que buscamos salvar. Uno de ellos fue su centralismo y la discrecionalidad en su control por parte de los sucesivos gobiernos. Por eso proponemos la creación de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO, empresas pública federal con participación de las provincias y el Congreso Nacional.
YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO tendrá en su directorio representantes de las provincias (tanto petroleras como consumidoras), de los trabajadores y de las minorías legislativas. Con esto se busca que ningún gobierno utilice la empresa para su beneficio, sino que el cogobierno impondrá la búsqueda del bien común por sobre intereses electorales.
Las provincias petroleras serán socias de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO, no sólo por tener representantes en el Directorio y obtener parte de sus beneficios sino que la empresa abonará una sobretasa en carácter de regalía para la inversión social en cada provincia y municipio. Es insostenible continuar con petroleras ricas operando en provincias pobres. Las provincias se beneficiarán con el funcionamiento de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO en sus territorios.
Para garantizar la federalización de la renta, se crean dos fondos especiales: el Fondo Solidario de Inversión para financiar la educación, salud, el ANSES, Viviendas en todo el país y la Industria Nacional; y el Fondo Hidrocarburífero Solidario que financiará a las provincias y municipios a fin de que mejoren la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial de sus habitantes. Estos fondos se financiarán con parte de las utilidades de YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO.
Entendiendo que el petróleo y el gas natural son recursos naturales no renovables, y que por tanto se debe utilizar parte de su renta en la adopción de tecnologías propias que permitan el desarrollo de energías renovables y no contaminantes, parte de las ganancias de la empresa se destinará a las Universidades Públicas Nacionales y los Organismos de Ciencia y Técnica Nacionales, junto con un Fondo Energético con el objetivo de financiar la investigación científica y tecnológica en el ámbito de las energías renovables.
Para financiar esta empresa, proponemos la utilización de una parte reducida de las reservas internacionales con que cuenta el pueblo argentino, las que se encuentran depositadas en el Banco Central de la República Argentina. Parte de las reservas de libre disponibilidad serán transferidas al Tesoro Nacional a cambio de una Letra a veinte años que será reintegrada por YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FEDERALES SOCIEDAD DEL ESTADO con las ganancias obtenidas. Este instrumento está previsto en el artículo 33 de la Carta Orgánica del Banco Central de la Republica Argentina. La letra a emitirse no se encuentra comprendida en la prohibición establecida en los artículos 19 inciso a) y 20 de la Carta Orgánica del Banco Central de la Republica Argentina.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que acompañen este proyecto de Ley

lunes, 7 de noviembre de 2011

Que si, que no


El martes 1 de noviembre, cientos de personas se manifestaron en la puerta del Congreso Nacional. Los diputados decidieron escuchar el pedido de debate sobre la despenalización del aborto que viene haciendo gran parte de la sociedad…El martes 1 de noviembre, cientos de personas se manifestaron en la puerta del Congreso Nacional. Los diputados decidieron escuchar el pedido de debate sobre la despenalización del aborto que viene haciendo gran parte de la sociedad. Un avance. El frente de género y diversidad sexual un día antes se reunió en sarandí 56 con el fin de reorganizarse. En una muy grata reunión, con mucho ánimo por las ideas nuevas, se decidió ir al día siguiente a manifestarse a favor de la vida de las mujeres que deciden no continuar con un embarazo.
Al terminar la jornada todo hacía suponer, más bien se podía afirmar, que aprobado el dictamen en la comisión de legislación penal, como fue anunciado, se había dado un gran paso. El festejo fue grande, la alegría inmensa, pero de poca duración.
Aparentemente, algunos diputados que levantaron la mano a favor de la despenalización, no habrían firmado el correspondiente papel, sin embargo, Carlos Vega, presidente de la comisión, anunció que se había aprobado en dictamen y que daría giro a las comisiones de familia y salud. El proyecto propone la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, con posibilidad de extenderse si fuese causa de una violación o si se presentaran malformaciones graves. La prohibición del aborto tiene su origen en la necesidad de repoblar los países que sufrieron pestes o guerras. En la antigüedad las mujeres hacían abortos y en las familias era práctica recurrente el infanticidio para no arriesgar la salud de las embarazadas. En la página de la campaña nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito se observan números que impactan y sirven como fuertes argumentos a la hora de defender el pedido en cuestión: 3000 mujeres muertas por abortos clandestinos durante la democracia.
Alrededor de 600 mil mujeres abortan por año. Millones de pesos se ganan ilegalmente en detrimento de la salud de las mujeres por año.
Cada año mueren en Argentina, según estadísticas oficiales, 100 mujeres por prácticas de abortos clandestinos e inseguros (en su mayoría de escasos recursos económicos). Nunca el reclamo está dirigido a que aumente la cantidad de abortos, sino todo lo contrario. Esconder un problema hace que no pueda atacarse con todas las armas que la legalidad confiere. El PSA sigue esta línea de pensamiento: información, educación, anticoncepción y aborto legal para no morir. Lo que sigue ahora es un plenario de las comisiones de Legislación, Salud y Familia el jueves próximo para retomar la discusión del tema. Seguiremos de cerca el acontecer de los hechos, esperando dar un paso más hacia el derecho a elegir.

viernes, 4 de noviembre de 2011

EL PREMIO NOBEL DE LA PAZ Adolfo Pérez Esquivel:Los derechos humanos en la Argentina de hoy

El Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, escribió una carta en la que analiza los grandes avances logrados y las alarmantes asignaturas pendientes para aportar a la reflexión nacional sobre qué debe significar la lucha por los derechos humanos en la actualidad.

Es necesario señalar que los derechos humanos y la democracia son valores indivisibles desde su comprensión integral como derechos de los pueblos.
La ONU durante la Conferencia Mundial realizada en Viena, Austria, en 1993 avanzó en comprender los derechos humanos desde su integridad: la autodeterminación, el desarrollo, la soberanía, el derecho al ambiente y los recursos y bienes naturales.
Es necesario clarificar que quien viola los derechos humanos es el Estado.
Los asaltos, asesinatos, robos, etc. son delitos que deben ser juzgados de acuerdo a las leyes vigentes que rigen en el país. Es necesario clarificar estos conceptos frente a una creciente confusión sobre quienes son responsables de violar estos derechos.
La Argentina vivió a través de su historia graves violaciones de los derechos humanos y de los pueblos dejando profundas huellas en la vida de las comunidades indígenas que sufrieron bajo la conquista española, sometiéndolos a la esclavitud y represión y posteriormente los esclavos africanos. Incluso pasadas las luchas por la independencia y la abolición de la esclavitud en 1813 se continúo cometiendo atrocidades como en la llamada Campaña del Desierto.
El país sufrió en la segunda mitad del siglo XX la sucesión de gobiernos pendulares entre dictaduras y gobiernos civiles débiles, hasta la última dictadura que se impuso en el país utilizando métodos aberrantes desde la Doctrina de Seguridad Nacional que marcó con dolor y sufrimiento al pueblo argentino desde 1976 hasta 1983.
No podemos dejar de lado en ésta breve referencia a la “Triple A” y su política represiva encubierta durante el gobierno de Isabel Perón y el accionar de las guerrillas en el país.
Es un capítulo marcado por los olvidos intencionados que dicen que nada pasó antes y después de la dictadura militar. Pero debemos tener una lectura profunda y sincera de lo vivido y las consecuencias que tuvo para nuestro pueblo.
Acotar los derechos humanos a la época de la dictadura militar y los horrores que vivimos en el país, es escamotear la memoria a nuestro pueblo y burlar su derecho a la Justicia y la Verdad. Este derecho no puede estar sometido a la manipulación política.
Durante el gobierno de Raúl Alfonsín y con todas sus contradicciones se logró el juicio a las tres primeras juntas de los comandantes de la dictadura militar, posteriormente se produce un fuerte retroceso del gobierno bajo presión militar y falta de coraje, al imponer las leyes de impunidad, de Punto Final y Obediencia Debida; los indultos a los genocidas impuesto por el gobierno de Carlos Menem, profundiza la impunidad jurídica.
Nestor Kirchner, durante su gobierno, asumió los reclamos de los organismos de derechos humanos y la sociedad en general y el Parlamento sanciona la nulidad de las leyes de impunidad, lo que permitió abrir caminos para lograr los juicios a los represores y superar la impunidad jurídica. Es un fuerte avance para afirmar el Estado de derecho.
La Argentina ha marcado caminos. La Justicia Federal juzga a los responsables de crímenes de lesa humanidad logrando un avance significativo en el fortalecimiento de la justicia y la democracia, y sentando precedentes jurídicos ejemplares en el país y en el mundo.
La situación de los derechos humanos en la Argentina actual, tiene luces, sombras y matices, no sólo en la política nacional, sino en las decisiones de los gobiernos provinciales. La reforma constitucional del año 1994 establece que la Argentina es un país federal, pero cuando vemos las prácticas de los gobernadores, son más feudales que federales y se demuestra en graves violaciones a los derechos humanos.
La discriminación y persecución a los pueblos originarios es un ejemplo de esto. El problema de los territorios y derechos indígenas violados sistemáticamente, víctimas de los gobiernos provinciales, de una justicia sometida al poder político, son casos concretos que hemos podido ver últimamente en la Provincia de Formosa, en la Comunidad Qom, La Primavera, sometida a la represión, muerte y cárcel por parte del gobierno formoseño.
Este problema territorial representa la discriminación de sus culturas y valores y una violación de los derechos de los pueblos que debieran estar protegidos de acuerdo a la Constitución Nacional en su artículo 75, al Convenio 169 de la OIT y a la Declaración Universal de los Pueblos Originarios, proclamados por las Naciones Unidas.
Las continuas violaciones de los derechos humanos en el sistema penitenciario. Hoy las cárceles son depósitos humanos que degradan la dignidad de la persona. El hacinamiento, las condiciones de encierro, la superpoblación y deterioro edilicio, la aplicación de torturas y trato cruel y degradante; así como la situación de las mujeres y sus niños en las prisiones, requieren de políticas públicas para resolver los problemas existentes. Situaciones semejantes se viven los institutos penitenciaros de todo el país. Las comisarías continúan ejerciendo la violencia, situación que desde la Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires venimos denunciando y sobre la que hemos propuesto soluciones, como la creación de la Policía Judicial que dependa de la Corte Suprema de Justicia.
Los problemas de la infancia, el aumento de los niños y jóvenes en estado de riesgo social, los chicos en situación de calle, desde esferas oficiales y medios de comunicación se busca bajar la edad de imputabilidad para penalizarlos y llevarlos al encierro en institutos que agrava la situación de vida de los mismos.
Si bien hay programas de atención a la infancia, no son suficientes y faltan de políticas públicas para dar contención y prevención sobre las adicciones, el control de la prostitución y la trata de personas. Sepamos que son los niños, niñas y jóvenes los que soportan el flagelo de la violencia social y estructural que afecta a nuestra sociedad y que tiende a aumentar.
Aclaremos que no son políticas de Estado la situación de violencia institucional. Son remanentes y prácticas de las fuerzas de seguridad desde la dictadura, que no han sido erradicadas. Lo que urge es la reforma de los planes de estudio y ejercicio aplicado de estas fuerzas.
En las últimas décadas han surgido con fuerza los derechos ambientales, frente al deterioro de los recursos y bienes naturales, situación que afecta a gran parte de la población en nuestro país y a escala planetaria.
Los monocultivos y destrucción de la biodiversidad, los desmontes y daños ambientales irreparables son provocados en gran medida por quienes privilegian el capital financiero sobre la vida de los pueblos. A esta situación se suma la falta de control por el gobierno nacional y los gobiernos provinciales, sobre los daños provocados por los agro tóxicos como el glifosato utilizado en gran parte en los monocultivos de soja, habiéndose comprobado daños a la salud de los pobladores y malformaciones en los recién nacidos. Esta situación no la desconocen las autoridades y sin embargo lo toleran con total impunidad.
La gran minería está dañando la vida de la población. La extracción de minerales como el oro, la plata, cobre y minerales estratégicos, utilizando el cianuro y el mercurio que penetran en las napas de agua afecta directamente a la población humana, animales y vegetales. El saqueo es inmenso, se llevan el 97 % de los recursos con una simple declaración jurada, sin control alguno y dejan destrucción y muerte.
Minerales de los cuales no se habla y que son prácticamente desconocidos por la gran mayoría de la población también debemos tomarlos en cuenta. Las llamadas “Tierras Raras” disponen de minerales utilizados por la gran industria siendo de alto valor estratégico en el actual y futuro desarrollo de la humanidad.
Hoy los países que encabezan la explotación y demanda de las “Tierras Raras” son en primer lugar China, seguida por los EE.UU. Debemos estar atentos.
La desertificación del país va avanzando ante la total indiferencia y complicidad de los gobiernos. La ONU ha hecho un llamado de alerta a la responsabilidad y conciencia de la humanidad, poniendo su acento en los bienes y recursos naturales, como el agua y la biodiversidad, cada vez más escasos y el reclamo sobre la soberanía alimentaria. El informe de la FAO es aterrador, por día mueren en el mundo más de 35 mil niños de hambre. En nuestro país la mortalidad infantil alcanza a cerca de 25 niños por día.
La Argentina aún está a tiempo de revertir la situación y asumir el desafío de recuperar la soberanía perdida. Se necesita decisión, coraje político y la acción de todos los sectores sociales, políticos y económicos, así como el apoyo de las iglesias, para hacer frente a la devastación de los bienes del pueblo y recuperar las empresas base, el territorio y los recursos estratégicos para la vida y desarrollo del país. En esto consiste hoy, la lucha integral por los derechos humanos.

Vilma Ripoll es un ejemplo de luchadora popular


Vilma es militante desde hace muchos años. Su compromiso con las causas justas, populares, nacionales, estudiantiles, sanitarias y de los trabajadores en general, es histórico. Siempre del lado de la Justicia, del Pueblo, de la Nación, de los Estudiantes, de la Salud y de los Trabajadores.


Vilma es un orgullo para las fuerzas del campo popular. Su energía, entrega, voluntad, solidaridad la han llevado a ser una de las mujeres más referenciadas de la Argentina.
Si a alguien se le ocurriera decir que cometió algún error, valoraría aún más su tarea, porque mostraría que es humana, que es falible.
Si algo no la caracteriza es la indiferencia. Por eso su recorrido por “todos los conflictos” en los que participa nuestro pueblo, resulta para ella un deber irrenunciable. Si falta ella, falta alguien importante. Por eso, de no haber concurrido a solidarizarse con la justa lucha de los trabajadores de Kraft, todos se hubieran hecho las preguntas ¿Vilma no vino? ¿Qué habrá pasado? Por suerte ella estuvo una vez más. Cumpliendo con lo que le dicta su sabía sensibilidad “estar con los de abajo”.
Un juez con apellido de prócer y conducta medrosa, de nombre Mariano, la proceso y penalizó con una multa de 120.000 pesos. La actitud servil al Poder Ejecutivo de algunos miembros del independiente Poder Judicial, no hace otra cosa que reafirmar la convicción que en Argentina la Justicia brilla por su ausencia.
Hace pocos días vivíamos una operación concebida en el Ejecutivo y ejecutada por el Judicial, en la que “el pollo Sobrero” era detenido por un delito del que nunca hubo prueba alguna. En este, caso en cambio, hay prueba contundente de que Vilma estuvo “solidariamente” en el corte acompañando a los trabajadores. En Argentina se penaliza a las personas por actos de solidaridad ¿Qué intentan el Juez y el Ejecutivo? Claramente aislar las luchas de nuestro pueblo, quitarles visibilidad, ahogarlas en el silencio. Castigar a las personalidades conocidas que le dan repercusión y sensibilizan a la opinión pública. No podrán, como no se puede tapar el sol con una mano.
No es una pulseada equilibrada la que se da entre luchadores políticos y sociales y quienes representan el andamiaje del Estado. La fuerza esta de un lado, pero la razón está en el otro. Y como enseña la historia quien vence es quien defiende la Razón y la Justicia. Por eso Vilma no está sola, hoy todos estamos junto a ella.
Mario Mazzitelli
Secretario general de Partido Socialista Auténtico (PSA) en Proyecto Sur